Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: Decretar la Imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación de Libertad al ciudadano Imputado: DIEGO RAFAEL FLORES NAVARRO, venezolano, de 67 años de edad, estado civil, Casado, profesión u oficio, Comerciante, nacido en Churuguara, en fecha: 25-12-1933; siendo su cédula de identidad N°: 1.415.616, residenciado en Barrio Zumurucuare, calle las flores, saca sin número, al lado de la Bloquera Flores y el Rincon del Sabor; de conformidad con el artículo 256 numeral 3° y 6° del código adjetivo penal. Consistente en la presentación periódica cada 15 por ante la Fiscalía Décima del Ministerio Público y la prohibición de acercarse a la victima y su grupo familiar. Así mismo en cuanto, a la solicitud de cambio de residencia, la juez le explica que puede muy .....