Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO UNIPERSONAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO Admitida como ha sido la acusación presentada por la Representación Fiscal contra el ciudadano EDY JOSE SUAREZ REVILLA, por el Tribunal de Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal en fecha quince (15) de Abril de 2010, así como, los medios probatorios promovidos por la Fiscalía Séptima del Ministerio Público en su oportunidad legal y, por último, de la calificación jurídica imputada, SE CONDENA al ciudadano EDY JOSE SUAREZ REVILLA, venezolano, cédula de identidad número V-16.349.581, edad 29 años, soltero, estudiante, nacido en Coro, el día 29-03-1981, hijo de CASTOR SUAREZ y NERIA REVILLA HERNANDEZ, residenciado en Calle porvenir, casa Nº: 107, del Barrio Curazaito, diago.....