Este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano MACARIO RAMON VARGAS GARMENDIA, venezolano, titular de la cédula de identidad V-9.529.876, de 52 años de edad, Concubino, albañil, domiciliado en el sector San Martin, calle la florida N° 27 Caracas, teléfono: 0414-4590289 y 0414-348598, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 405 en concordancia con el articulo 80 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ciudadano JEAN CARLOS CHIRINOS . SEGUNDO: Se decreta sin lugar la solicitud de imposición de una medida cautel.....