Por todo lo antes expuestos este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley DECLARA Extinguida la Acción Penal y el SOBRESEIMIENTO del asunto Nº IP01-S-2004-001673, donde aparece como imputados: EDUARDO JESÚS COLINA TORREALBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-9.925.088, JUAN CARLOS GARCÍA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No V-16.708.950 y DERWIN JÓSE TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No V- 14.945.620, en Perjuicio de los ciudadanos (as): DERWIN JOSÉ TORRES y JUAN CARLOS GARCÍA GARCÍA , por considerar que la misma esta prescrita, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º y el Artículo 48 Ordinal 8º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo pautado en el Artículo 108 Ordinal 6º del Código Penal Venezolano. Así.....