Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente, con sede en Santa Ana de Coro, Estado Falcón; Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Impone, al joven IDENTIDAD OMITIDA del cumplimiento de sanción con la medida de Libertad Asistida por el lapso de Seis (06) Meses y la medida de Reglas de Conducta por el lapso de Un (01) año consistiendo las reglas de Conducta primero: Consignar constancia de estudio y consignar constancia de trabajo actualizada cada cuatro (04) meses. Segundo: A partir de hoy no verse involucrado en cualquier hecho delictivo. Tercero: No permanecer después de las 10 horas de la noche en la calle. Cuarto: prohibición de consumir, poseer, transportar, poseer o distribuir sustancias estupefacientes y psicotrópicas y en fin cualquier conducta ilícita que implique tener contacto con drogas, ni consumir bebidas alcohólicas. Quinto: Mantenerse bajo la.....