este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de de Control, Audiencias y Medidas de este Circuito Judicial con competencia en delitos de violencia contra la mujer, de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE REVISION DE MEDIDA CAUTELAR DICTADA POR ESTE TRIBUNAL, EN RELACION A LOS FIADORES, que pesa sobre el Imputado RAFAEL ANTONIO ALVAREZ ANDRADE, identificado en las actuaciones y en consecuencia, SUSTITUYE la numeral 8° del articulo 242 del COPP y en su lugar DECRETA CAUCION JURATORIA, prevista en el 245 del COPP y en consecuencia se ordena trasladar al Imputado a esta sala de Audiencia para imponerlo de la presente caución y se comprometa a cumplir con la medida dictada en fecha 13 de Mayo de 2015, la cual es la presentación periódica cada 8 días, por ante la oficina de presentaciones de este Circuito Judicial; de igual modo en aras .....