Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Control, Audiencia y Medidas de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguido en contra del ciudadano LINO JOSE VENTURA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad SE DESCONOCE, residenciado en: sabana larga, calle 2, entre 3 y 4, casa s/n, casa de dos plantas, del municipio Colina del Estado Falcón, teléfono: 0414-6967904, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA, previsto y sancionado en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre El derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana MARIANELA JOSEFINA VALDEZ MAVAREZ, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 300.4 del Código Or.....