Por las razones ante expuestas, esta Corte de Apelaciones administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, por abandono de trámite, correspondiente a la apelación de la parte accionante de la acción de amparo interpuesta, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese. Ofíciese lo conducente. Archívese el expediente.
Dada, firmada y sellada en la Corte de Apelaciones, a los 26 días del mes de Marzo de dos mil cuatro.
Años 193° de la Independencia y 145° de la Federación.
POR LA CORTE DE APELACIONES DEL ESTADO FALCON
LA PRESIDENTE (E) y PONENTE
MARLENE MARÍN DE PEROZO
MAGISTRADO TITULAR
RANGEL MONTES CHIRINOS
MAGISTRADO TITULAR
ZENLLY URDANETA DE NAVAS
MAGISTRADO TITULAR
ANA MARÍA PETIT GARCES
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
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