este JUZGADO UNIPERSONAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO FALCON, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Por el procedimiento de admisión de los hechos SE CONDENA al ciudadano JOSE GREGORIO LEONES GOMEZ, venezolano, edad 43 años, fecha de nacimiento 22-04-1966, soltero, oficio obrero, hijo de MAXIMINO LEONES Y CARMEN GOMEZ, residenciado en dabajuro barrio cadafe, casa frisada, en la esquina hay una bodega llamada BERMUDES, Municipio Dabajuro del estado Falcón, conforme al artículo 376 del Código Orgánico procesal Penal, a cumplir CUATRO (4) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN. SEGUNDO: Se condena al acusado a las accesorias de ley establecidas en el artículo 16 de nuestra norma sustantiva penal. TERCERO: El Tribunal se reserva el pronunciamiento de los bienes incautados para la definitiva del debate. CUARTO: Se acu.....