Ahora bien, en atención al hecho de que cursan, dos procesos penales distintos en fase de ejecución de sentencia, en éste mismo Tribunal de Ejecución, y en virtud de que mantener la separación de dichos procesos seguidos a un mismo penado, en éste caso, es atentar contra la garantía procesal de la Unidad en el Proceso prevista en el artículo 73 del Copp, y subsecuentemente contra la garantía Constitucional del Debido Proceso prevista en el artículo 49 de Nuestra Carta Fundamental, es por lo que este Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia, en Nombre de la república y por la autoridad que le confiere la Ley, ACUERDA;
1.- Dar por terminado el Asunto penal Nuevo signado bajo el N.- IP11-P-2003-000006 seguido en fase de Ejecución contra el penado RAFAEL GUTIERREZ ANDARA
2.- Acumular dicho asunto nuevo IP11-P-2003-000006 al presente asunto signado con el N° IP11-P-2003-000098, de conformidad con lo precep.....