III
DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: CON LUGAR la presente acción de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES DE ABOGADO, incoada por el ciudadano: LUIS RODRIGUEZ ESTEVES, venezolano, mayor de edad, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad número V-4.187.029, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 19.080, contra el ciudadano: JAIRO JESUS RAMIREZ PETIT, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.381.409. SEGUNDO: en virtud de lo anterior, procedente el derecho a cobrar honorarios profesionales, estimados en la Cantidad de SESENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CINCO MILLONES DE BOLIVARES SOBERANOS, (62.775.000.000,00). TE.....