D I S P O S I T I V A
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, actuando como JUZGADO DE CONTROL EN EL SISTEMA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ordena la IMPOSICIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES: al Adolescente Imputado: IDENTIDAD OMITIDA, ya identificado, las siguientes medidas cautelares: PRIMERO: Seguir la presente causa, seguida en contra del Adolescente: IDENTIDAD OMITIDA; por estar presuntamente incurso en la comisión de uno de los delitos de los denominados, CONTRA EL ORDEN PUBLICO, Y CONTRA LA LIBERTAD INDIVIDUAL, específicamente PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, y AMENAZAS previstos en los artículos 277 y el ultimo aparte del artículo 175 del Código Penal, de acuerdo a los trámites del procedimiento ordinario de conformidad con el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acuerda la.....