En consecuencia, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, Niños y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
ÚNICO: SIN LUGAR la inhibición formulada por el Juez ANTONIO LILO VIDAL, en su condición de Juez Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio que por indemnización de daños materiales y morales siguen los ciudadanos ANTONIA MARÍN DE LÓPEZ y EDUARDO LÓPEZ, contra la asociación civil PROVIVIENDA C.C.V. (MI VIVIENDA).
Remítase el presente expediente al Tribunal de origen y ofíciese al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil Mercantil, Agrario, y Tránsito, de esta Circunscripción Judicial, para que devuelva el expediente al Juez de la causa.