PRIMERO: este juzgado DECLINA la Competencia de conformidad en lo establecido en los artículos 58, 62 y 80 del Código Orgánico Procesal Penal por estar requerido (SOLICITADO): POR EL JUZGADO SEGUNDO DEL ESTADO ZULIA, FECHA 03/12/1981- POR EL DELITO DE HURTO EN GRADO DE COOPERADOR. SEGUNDO: se acuerda la LIBERTAD INMEDIATA al Ciudadano: KENDY FIDEL CAMPOS, se le insta que debe resolver su situación jurídica antes el (SOLICITADO): POR EL JUZGADO SEGUNDO DEL ESTADO ZULIA, FECHA 03/12/1981- POR EL DELITO DE HURTO EN GRADO DE COOPERADOR., Ofíciese lo conducente para la remisión del presente expediente y sus actuaciones TERCERO: Se da por terminada esta causa. Quedan notificadas las partes en sala de la presente decisión, que se publicará por auto separado con los mismos fundamentos expuestos en sala, conforme a lo establecido en la ley quedando las partes a derecho, concluyendo la audiencia a las 01:25 horas de la tarde
El Auto Fundado se publicará en el tiempo hábil legal a la presente f.....