Por todo lo antes expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta: Medida Cautelar sustitutiva de libertad prevista en el articulo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano JONATHAN JOSÉ GONZÁLEZ PEREZ, no porta documentación personal, dice ser y llamarse como queda escrito, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº 15.592.721, de Veintiocho (28) años de edad, nacido en fecha 23-11-1981, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, Hijo de Maria de González y Manuel González, natural y residenciado en la Avenida El Periodista, Urbanización Jorge Hernández, Sector 4, frente al Parque Metropolitano, Casa Nº 10, Teléfono 0269 2457250, Punto Fijo, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE FRU.....