...Llegada la oportunidad para dictar el fallo definitivo, previa revisión de las actas procesales, encuentra el Tribunal que efectivamente los solicitantes contrajeron matrimonio civil el día 14 de Septiembre de 1.991, tal como se evidencia de la copia certificada del acta de matrimonio que acompañaron a la solicitud marcada con la letra "A", que ambos reconocen que la vida en común se interrumpió desde el día 19 de Enero de l.999, es decir, hace más de cinco años y la Representante del Ministerio Público, no formuló oposición alguna a la solicitud de divorcio.
Cumplido los requisitos que exige el artículo 185-A del Código Civil Vigente, es procedente declarar con lugar la presente solicitud de divorcio y así se decide.
Por lo antes expuesto, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley, declara CO.....