En virtud de las consideraciones que preceden, éste Juez Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, con competencia para el Régimen Procesal Transitorio, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN que fuere interpuesta por la ciudadana ILIANA SALAS BLANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-11.804.871, asistida por el abogado Elio Contreras, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 81.488, en contra del ciudadano RAFAEL THOMAS GALINDEZ EIZAGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.297.729, en beneficio de su menor hijo, el adolescente XXXXX, en consecuencia, deberá el demandado de autos, ciudadano RAFAEL THOMAS GALINDEZ EIZAGA, suministrar las cantidades siguie.....