En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Decreta: PRIMERO: Con lugar la solicitud Fiscal de otorgar a los ciudadanos de autos YOHELY ANTONIO SEMECO MILLANO, Venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 23.639.440 y DAENNYS ANTONIO GARCIA LÓPEZ, Venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cedula de identidad Nº 25.371.547, se les acuerda la LIBERTAD SIN RESTRICCIONES a los referidos ciudadanos, conforme a los artículos 8, 9 y 229 del Decreto con Rango, valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase con oficio. Líbrese la boleta de libertad. Y así se decide.-
Regístrese, publíquese y remítase el expediente a la Fiscalía PRIMERA Ministerio Público, a los fines de continuar con el procedimiento ordinario. Y así se decide.-
Dada, firmada y sellada, en .....