"Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO por desafecto, presentada por los ciudadanos: YACKELINE DEL VALLE GARCIA LOPEZ y REINALDO JOSE RODRIGUEZ PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-12.182.161 y V-11.473.550, respectivamente; domiciliada la primera en la Urbanización Libertadores de América, Manzana 27, Calle 4, Casa Nº 7, Parroquia San Antonio de esta ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, y el segundo, en la Urbanización Andrés Bello, Calle 2, Casa Nº 21, Parroquia San Antonio, de esta ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante .....