DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Control Extensión Punto Fijo del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de AUXILIO JUIDICIAL, del Ciudadano: ABG. VICTOR MANUEL GONZÁLEZ BELLO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la Cédula de Identidad No. V- 12.496.357, abogado, Inscrito en el Instituto de Previsión social del abogado bajo el No. 87.481, con domicilio procesal en Punta Cardon. Sector 23 de Enero. Av. Ollarvides Sur. Local No. 05, de esta Ciudad de Punto Fijo, actuando en su propio nombre, a tenor de lo pautado en los artículos 402 y 403 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo delitos de acción privada de los previstos en el Titulo X, Capítulo VII, artículo 473 del Código Penal Venezolano, y en el Titulo IV, Capitulo VIII, artículo 270 eiusdem.
SEGUNDO: De con.....