este Tribunal Tercero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda, PRIMERO: La entrega a la Ciudadana Abogada, MARIANA LILINA SANDOVAL SUAREZ, actuando en este Acto con el carácter de Apoderada Judicial de la Empresa Mercantil "Transporte Byoca C.A", MARCA: MACK, MODELO: R609TV, COLOR: AMARILLO, AÑO: 1971, PLACAS: 25Y-IAB, SERIAL DE CARROCERÍA: R609TV9178, SERIAL DE MOTOR: EN63507L0030V, CLASE: CAMION, USO: CARGA; TIPO: CAMION SEGUNDO: Oficiar al Administrador del Estacionamiento Judicial de Coro, Estado Falcón, ordenando la entrega del vehículo a la Ciudadana antes identificada. Todo de conformidad con el Articulo 311 del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se ordena la entrega de los documentos Originales que cursan en el Expediente, previa certificación en Actas.