Por las razones expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, ACTUANDO COMO JUZGADO DE CONTROL EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta el SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO de la presente causa seguida contra el joven (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), quien fuera venezolano, nacido en fecha 03/11/1993, de 17 años de edad para el momento de ocurridos los hechos, titular de la cédula de identidad Nº (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), soltero, de profesión u oficio estudiante, residenciado en (SE OMITE POR DISPOSICIÓN DEL ARTICULO 65 LOPNNA), Municipio Carirubana del Estado Falcón, de conformidad con lo establecido en el artículo 103 del Código Penal en concordancia con los artículos 49 (ordinal 1º) y artículo 300 (numeral 3º) del Código Orgánico Procesal Penal, y ar.....