esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PRIMERO: ADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada LUISARISNEL VILLALOBOS, Defensora Publica Auxiliar Quinta Penal Ordinario de la Circunscripción Judicial, en su condición de Defensora de los ciudadanos LEONEL JOSE PEREZ PEREZ y LEONARDO JOSE PEREZ PÉREZ, de nacionalidad venezolanos, titulares de la cedula de identidad Nros. 23.680.368 y 21.114.628, contra el auto dictado en fecha 08 de septiembre de 2015 y publicado in extenso en fecha 30 de septiembre de 2015, por el referido Juzgado, mediante el cual decretó la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, contra los mencionados ciudadanos por la presunta comisión de los delitos ROBO AGRAVADO Y AGAVILLAMIENTO, previsto y sancionado en el articulo 458 y 286 del Código Penal Venezolano.
SEGUNDO: acoge esta Sala al lapso esti.....