Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE la Acción de Amparo interpuesta por la ciudadana Carmen Maria Reyes Medina actuando como madre del ciudadano MIGUEL JOSE MEDINA REYES asistida por la abogada Maririn Medina Reyes ; conforme a lo establecido en los artículos 1, 2, 7 y 13 de la Ley Orgánica de Amparo sobre derechos y garantías constitucionales, 27 y 334 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por la presunta violación de los derechos y garantías constitucionales consagrados en los artículos 26, 43, 49 ordinal 8°, 86, 23 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; por parte del Tribunal Tercero de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en la Causa Principal signada con el número IP01-P-2008-001929 por presunta omisión de pronunciamiento a la soli.....