DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero del Municipio Carirubana de la Circunscripción judicial del Estado Falcón, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la acción intentada por la Ciudadana: EMIRA CONCEPCION ROJAS de REYES, en contra de la línea de transporte LINEA SANTA CRUZ DE LOS TAQUES, con fundamento en los artículos 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 12, 868 y 362 del Código de Procedimiento Civil.
Se condena a la demandada a cancelarle a la parte actora, la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.800.000,00), por concepto de los daños ocasionados al vehículo propiedad de la Ciudadana: EMIRA CONCEPCION ROJAS de REYES, provenientes del accidente de tránsito ocurrido el día 18 de diciembre de 2002.
Se condena en costas a la parte demandada, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Anéxese la.....