DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes analizadas, este Órgano Jurisdiccional en funciones de Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Decreta: MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al Ciudadano: JOSE DANIEL SEMECO GOMEZ, venezolano, natural de Punto Fijo, nacido en fecha 28/03/1990, de 20 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20550467, de estado civil soltero, de profesión u oficio marino, residenciado en el callejón José Félix Rivas, casa N° 40, Nuevo Pueblo, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, previstos y sancionado el articulo 405 del Código Penal, en perjuicio del ciudadano ANDRES JOSÉ GALICIA SANCHEZ, de conformidad con lo establecido en los Artículo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena la tramitación del presente Asunto por el Procedimiento Ordinario est.....