Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Con Lugar la Solicitud de Desestimación de la Denuncia interpuesta por la ciudadana: Yenifer Josefina Vasquez Castro, venezolano, titular de la cédula de identidad N°V-15.806.863, casada, residenciada en el Sector Blanquita de Pérez Calle Romulo Gallegos, Punto Fijo Estado Falcón; en fecha 02 de Octubre 2003, por ante la División de Investigaciones Policiales, Destacamento 21 de la Zona Policial N°2 de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Falcón, por cuanto los hechos denunciados solo son perseguibles penalmente a instancia de parte agraviada, todo de conformidad con el artículo 301 del Código Orgánico Procesal Penal, se ordena la Remisión de todas las actuaciones a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público a los fines legales consiguiente.....