este Juzgado PRIMERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la Ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud interpuesta por la ciudadana Abogada ISABEL MONSALVE DE LILO, Defensora Pública Cuarta Penal de esta Circunscripción Judicial, actuando en representación de la imputada de autos FRANCISCA XIOMARA VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.802.862 y, en consecuencia, REVISA la Medida Cautelar de presentación periódica impuesta conforme a las directrices que ordena el numeral 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal y, en consecuencia extiende el lapso primario de presentación periódica de cada VEINTIUN (21) días a cada SESENTA (60) días, es decir, se le somete a un régimen de presentación cada SESENTA días por ante la Oficina de Alguacilazgo de este mismo Circuito Judicial Penal, .....