Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA, PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, y en consecuencia se decreta en contra del ciudadano: ISBEL ANTONIO BORGES CASTILLO Y ISAIAS DANIEL ALVARADO. La libertad Sin restricciones por no encontrase lleno el segundo extremo del articulo 236 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Se acoge la precalificación fiscal del delito de ADULTERACION DE SERIALES previsto y sancionado en el artículo 8 de la ley sobre el Hurto y Robo de vehiculo Automotor. TERCERO: Se acuerda que la presente causa se siga tramitando por las disposiciones atinentes al Procedimiento para el juzgamiento de los delitos menos graves.