Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA CONDENATORIA, dictada por el Tribunal Primero en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, que condenó al ciudadano JOSE JAVIER GUERRERO DIAZ, de nacionalidad Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.209.679, nacido en fecha 01-04-1975, de 37 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio comerciante, grado de instrucción académica sexto grado nivel primario, Hijo de Ermelinda Díaz y Pablo Guerrero y residenciado en: En la Ciudad de Coro, la vela, sector carrizalito, callejón Don Quijote, casa sin número, color de la casa Rosado con blanco, Coro estado Falcón, número teléfono 0424-6281443, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de.....