ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO TANTO PARA EL REGIMEN NUEVO COMO PARA EL REGIMEN TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR LA AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el punto Previo referido a la PRESCRIPCION DE LA ACCION, alegada por la abogada ROSAMAR MONTILLA SALAZAR, inscrita en el inpreabogado bajo el No. 67.176, en su escrito de contestación de demanda, de fecha 11 de abril del 2013.
SEGUNDO: SIN LUGAR, la presente demanda por COBRO DE BENEFICIO DE PENSION POR JUBILACIÓN, incoada por el ciudadano: GUISELO ANTONIO GUANIPA MEDINA, identificado con la cédula de identidad No. 11.479.583, contra el EJECUTIVO REGIONAL DEL ESTADO FALCON, en alegación a lo establecido en la Ley del Estatuto Sobre Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios, Funcionarias, Empleados y Empleadas de la Administración Publica Nacional, de los Estados y de los Municipios, por los fundamentos y razones que están expue.....