DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes explanados este Tribunal Segundo de control de este Circuito Judicial Penal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de entrega en GUARDA Y CUSTODIA interpuesta por el ciudadano, JULIO CESAR MECHAN MILLÁN , quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.662.503., domiciliado en la urbanización los Semerucos , avenida 20, casa N° F-7, Punto Fijo Estado Falcón Punto Fijo Estado Falcón. SEGUNDO: Se ordena la entrega en guarda y custodia del vehículo al ciudadano, JULIO CESAR MECHAN MILLAN del vehículo signado con las siguientes características: MARCA CHEVROLET, MODELO TAHOE 4X4, AÑO 2007, PLACAS BCH-38M,TIPO SPORT- WAGON, COLOR AZUL, CLASE CAMIONETA, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERÍA: 1GNFK13J47J386386, SERIAL DEL MOTOR 47J386386, todo de .....