este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, REVOCA por incumplimiento el beneficio post condena de Destacamento de Trabajo concedido en fecha 3 de febrero de 2.011, al JOSE GREGORIO LUGO VASQUEZ, Venezolano, mayor de edad, de 22 años, nacido en Cabimas, estado Zulia, residenciado en Sabana Larga calle 4, casa N° 9-A, con cédula V-18.341.259, quien fue condenado a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL SIMPLE, PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO y FALSA ATESTACIÓN ANTE FUNCIONARIO PÚBLICO, previstos y sancionados en los artículos 405, 277 y 320 del Código Penal y el Tribunal en fecha 3 de febrero de 2.011, le concedió el beneficio post condena de Destacamento de Trabajo, por incumplimiento de las condiciones fijadas en la citada resolución judicial, ello conforme al artículo 511 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se ordena su CAP.....