Por las razones expuestas, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO Y MARITIMO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con fundamento a lo previsto en los artículos 88, 89 y 93 del Código de Procedimiento Civil declara CON LUGAR la inhibición planteada por el ABOG. ESGARDO BRACHO GUANIPA en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, en la presente causa seguida por la sociedad mercantil CONSORCIO JIMFAR, C.A., inscrita en fecha 12/07/2004 por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, bajo el N° 09, tomo 12-A, con domicilio en la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón, en contra del ciudadano JULIO JESÚS MEDINA, venezolano, mayor de edad, t.....