Por los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN DE LIBERTAD de conformidad en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, para el ciudadano: ISAAC DE JESUS PULIDO MEJIAS venezolano, mayor de edad, de 21 años, titular de la cédula de identidad Nº V-24.787.066, fecha de nacimiento 20/01/1993 de profesión u oficio Liniero, de estado civil, soltero, domiciliado en calle progreso casa numero 54 cerca a dos cuadras del Centro Familiar la Matica Coro Estado Falcón, teléfono: 0414 674 40 15 (papa), por la presunta comisión de los delitos de ROBO PROPIO previsto y sancionado en el articulo 456 del Código Penal con las circunstancias a.....