Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano DARWYS JOSÉ PEROZO PALENCIA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 17.628.937, nacido en fecha 13/09/1980, comerciante, domiciliado en la Barrio San José, Calle N° 08, casa número 32, diagonal a la Fundación del Niño, de la ciudad de Coro estado Falcón, teléfono 0424-6864290; por el delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana ROSMELIN ANTONIA PRIETO OCANDO, de acuerdo con lo establecido en los artículos 46, 49.7 y 300 del Código Orgá.....