Ahora bien, por cuanto éste Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, observa que la presente solicitud cumple con todo los requisitos establecidos en la Ley; en consecuencia, Impartiendo Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
¿ PRIMERO: Homologa lo convenido por los Ciudadanos: RAMIRO JOSE INCIARTE, venezolano, divorciado, farmacéutico, titular de la cédula de identidad Nro. V-4.518.946, con domicilio en la Urbanización Los Aceitunos, Calle 82C, esquina Avenida 69b, Conjunto Residencial Los Aceitunos, Edificio 8, Apartamento 3b, de la Ciudad de Maracaibo Estado Zulia, y ANGELA MARGOT GARCIA MONTESINO, venezolana, mayor de edad, divorciada, farmacéutica, titular de la cedula de identidad Nro. V-3.674.787, con domicilio en la Avenida Maracaibo, Urbanización Urupagua II, Lote B Nro. 08, Quinta Betania, de ésta Ciudad de Santa Ana de Coro, Mu.....