En consecuencia, este Tribunal impartiendo justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el abogado César Mavo, en representación de los ciudadanos LUIS BARRENO ZAMBRANO y DEISY PATRICIA NAVARRO GÓMEZ de BARRENO, contra la sentencia de fecha 02 de febrero de 2005, dictada por el Juzgado Cuarto de de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Transito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró con lugar la demanda interdictal por despojo, promovida por la ciudadana LILIANA ELÍAS CÁCERES, contra el ciudadano LUIS ALBERTO BARRENO ZAMBRANO, sentencia que se revoca.
SEGUNDO: En consecuencia, se repone la causa al estado que se evacue la prueba de posiciones juradas, una vez, que se le dé entrada al expediente y se notifique a ambas partes, conforme al auto que dictara el Tribunal de la causa, admitiendo esta prueba.
TERCERO: El Juez que resulte competente, dará cumplimiento al mandato de.....