En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados HAROLD COLINA HERNANDEZ y JULIO VIVAS, actuando en representación del ciudadano JAVIER JESUS GUTIERREZ REYES, mediante diligencia de fecha 2 de agosto de 2012.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia interlocutoria de fecha 31 de julio de 2012, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual declaró CON LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 11° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil, y en consecuencia desechada la demanda y extinguido el proceso, de conformidad con el artículo 356 ejusdem.