En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito, Bancario y Marítimo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: Con lugar la apelación ejercida por la ciudadana NORA DEL CARMEN MOLINA GONZALEZ, asistida por la abogada JACKELINE MORILLO DE VILLA, mediante diligencia de fecha 26 de mayo de 2016.
SEGUNDO: Se revoca la sentencia de fecha 21 de abril del 2017, dictada por el Juzgado Primero Accidental de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro.
TERCERO: Se homologa el desistimiento efectuado por el ciudadano AGUSTIN JOSÉ RAMONES VILLANUEVA en fecha 15 de abril de 2015 dándole carácter de cosa juzgada.
CUARTO: Por cuanto se revoca la sentencia apelada no hay condenatoria en costas, a tenor .....