Por todas las anteriores consideraciones este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario Transito y Trabajo del Estado Falcón, administrando Justicia, en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por la ciudadana CAROLINA SOCORRO SANCHEZ contra el auto de admisión de pruebas de fecha 9 de septiembre del 2003, emanada del Juzgado Segundo de Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcon, que admite la pruebas en dicho proceso y en consecuencia, revoca dicho auto y deja sin efecto la admisión de las pruebas referidas. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas.