En consecuencia, Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN, realizada entre el apoderado judicial de la ciudadana NELLY JOSEFINA CESPEDES DE BORREGALES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 4.641.327, domiciliada en la calle Zamora, entre calle Hospital y Calle Proyecto, de la Ciudad de Santa Ana de Coro, Parroquia Santa Ana, Municipio Miranda, del Estado Falcón, correo electrónico: hellonazari@hotmail.com, teléfono: 0414-6722735; abogado EUDES CAMACHO, inscrito en el Instituto de Prevención Social del Abogado I.P.S.A bajo el número 154. 298; y el ciudadano JORGE EDUARDO RINCON SUTACHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número 26.414.223, domiciliado en la avenida Ali Primera (antigua avenida Roosevelt), ce.....