En mérito de los fundamentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA, en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES, incoado por el Abogado MIGUEL BARRETO CEGARRA, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil VILLA ROSI, C.A.; contra la sociedad mercantil GRUPO SANTA INES, C.A., en la persona de su Presidente, ciudadano JAIRO ALEXANDER ARAGOZA ARAGOZA; todos suficientemente identificados.
No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 283 ejusdem.
Por cuanto la parte actora esta domiciliada en la Ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón líbrese el exhorto con los recaudos correspondientes al Juzgado competente para su distribución.