Por las argumentaciones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, actuando en Sede Mercantil, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE BOLIVARES, intentara CARLOS AGUSTÍN ROSILLO MORA, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-11.801.633 contra la ciudadana CARMARY INMACULADA ACOSTA CHIRINOS, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nro. V-15.558.984.
SEGUNDO: Se condena en costas al demandante, de conformidad con lo previsto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado totalmente vencida