En consecuencia y por no encontrarse llenos los extremos legales respecto a la interposición oportuna del recurso de apelación, por mandato de los artículos 448 y 437, literal "b" del Código Orgánico Procesal Penal, esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por la Abogada NANCY YANELA RUIZ TOLOSA, Abogada en ejercicio, inscrita en el IPSA bajo el N° 61.907, titular de la Cédula de Identidad N° 9.785.584, domiciliada en la ciudad de Maracaibo, Estado Zulia, Av. Principal La Pomona, casa N° 50-95, calle 112, en su condición de Defensora Privada Penal del ciudadano, imputado LEANDRO ROBERTO PAZ MONTIEL, sin identificación personal en el escrito recursivo, contra el auto dictado en fecha 02 de abril de 2006 por el referido Juzgado, mediante el cual acordó privar judicialmente de su libertad al mencionado encausado por la presunta comisión de.....