Por las consideraciones que anteceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la apelación interpuesta por la abogada Sandra Blanco, en su condición de Defensora Pública Novena de Unidad Autónoma de la Defensa Pública de esta Circunscripción Judicial, actuando en representación del ciudadano Yorbenys Enrique Balzán Bermúdez, en su situación de imputado, contra el auto del Tribunal Primero en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal, Extensión Punto Fijo, de fecha 22 de Marzo de 2.008, que privó preventivamente de la libertad a su patrocinado por la presunta comisión del delito de porte ilícito de arma de fuego y aprovechamiento de cosas provenientes del delito previstos en los artículo 277 y 470 del Código Penal.