Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: Admisible el Recuso de Apelación interpuesto por los Abogados SALVADOR JOSE GUARECUCO CORDEROS, EURO GUILLERMO COLINA LOPEZ Y MARBELLA MERCEDES ZARRAGA MENDOZA, (anteriormente identificados), actuando como Defensores Privados de los imputados HUMBERTO JOSE MADURO ARIAS, MARTIN JESUS HUMBRIA ARIAS, ABRAHIN ANTONIO CHIRINOS CESPEDES, JOSE ANTONIO RODRIGUEZ Y FRANCISCO GREGORIO VALLES VALLES, (up supra identificados), contra auto dictado por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, en fecha 25 de enero del 2012 y Publicado in extenso el día 31 de enero de 2012, en el asunto IP01-P-2012-000205, resolución esta que decretó la medida de cautelar sustitutiva de la libertad a los referidos imputad.....