esta Corte de Apelaciones, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: EXTEMPORÁNEA la solicitud de aclaratoria interpuesta por los Abogados SALVADOR JOSE GUARECUCO y ORLANDO ISAAC HIDALGO BARROETA, en su carácter de defensores del ciudadano JORGE ALBERTO RAMIREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 22.896.312, ejercida en contra de la resolución publicada por esta Corte de Apelaciones en fecha 13 de Julio del 2015, a través de la cual se decidió el recurso de apelación ejercido en fecha 20 de marzo de 2015 por la defensa pública segunda, decisión ésta, que declaró SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN, ejercido en contra de la decisión emanada por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en Funciones de Control, mediante la cual decreto la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad por la presunta comisión del delito: ROBO AGRAVADO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sanci.....