esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por la Abg. ANA DEL CARMEN CALDERA RODRIGUEZ, Defensora Pública Segunda Penal de esta Circunscripción Judicial, en su condición de Defensora del ciudadano: JORGE ALBERTO RAMIREZ GARCIA, ante identificado, contra el auto publicado en fecha 02 de Marzo de 2015, por el Juzgado Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, mediante el cual decreto la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al referido ciudadano, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el articulo 5 de la ley Sobre Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, con las agravantes previstas en el articulo 6, numerales 1, 3, 10 de la misma ley, asimismo los delitos de AGAVILLAMIENTO Y LESIONES PERS.....