esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
1- ADMITE la acción de amparo interpuesta por el Abogado CRUZ ALEJANDRO GRATEROL ROQUE, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 49.563, con domicilio procesal en el Centro Comercial Costa Azul, Planta Baja, ubicado en la Av. Independencia de la ciudad de Coro, estado Falcón, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos JACINTO ANTONIO ALDAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 9.529.659; MIGUEL ÁNGEL GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.141.568 y GERSON ELY CUICA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.084.834, Funcionarios adscritos a las Fuerzas Armadas Policiales de este Estado, contra la omisión de publicación de sentencia definitiva en la que incurrió presuntamente el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio de l.....